Leyes de Ohio para cercas de privacidad de piscinas privadas

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Un propietario en Ohio que tiene una piscina debe construir una cerca a su alrededor para evitar ahogamientos accidentales y lesiones relacionadas. Las cercas de privacidad para piscinas también pueden mantener alejados a los intrusos.

Las cercas de privacidad para piscinas residenciales ayudan a mantener a los nadadores seguros y protegidos.

Definición

Según las pautas del Capítulo 3701-31-01 (M) de los Códigos Administrativos de Ohio, una piscina privada es cualquier cámara interior o exterior que contiene un cuerpo de agua utilizado para nadar, bucear o bañarse. La piscina debe ser de uso gratuito para los residentes que la poseen y sus invitados.

La Ley

Los gobiernos municipales en Ohio tienen el derecho de crear sus propias pautas con respecto a los requisitos de cercas de piscinas privadas. En la ciudad de Lancaster, todas las cercas de piscinas privadas deben tener al menos 6 pies de altura. Los propietarios de piscinas que deseen construir una cerca de piscina de más de 6 pies necesitan un permiso para hacerlo. Los permisos se pueden obtener del Departamento de Construcción Certificado de la ciudad.

Ubicación

Las cercas de privacidad de piscinas en Ohio deben construirse alrededor de la piscina o alrededor de la propiedad en la que reside la piscina. Todas las cercas de privacidad de la piscina se deben mantener en buen estado de funcionamiento y deben fijarse con una puerta de bloqueo.

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